Poli en lucha

domingo, 3 de abril de 2011

Fernando Sariñana renuncia

Fernando Sariñana deja la dirección de Canal Once; lo sustituye Rafael Lugo

A poco más de tres años de su llegada a la dirección general de Canal Once, del Instituto Politécnico Nacional (IPN), el cineasta Fernando Sariñana Márquez renunció a su cargo y fue sustituido por Rafael Lugo Sánchez, quien hasta el jueves se desempeñó como director de noticiarios y programas informativos.
En un breve comunicado emitido anoche, la Secretaría de Educación Pública (SEP), encabezada por Alonso Lujambio, informó sobre el relevo y reconoció el desempeño de Sariñana Márquez, quien asumió el cargo en enero de 2008. Durante su estancia al frente de ésta suscribió el acuerdo para ampliar la cobertura de la señal a 42 por ciento del territorio nacional.
A pesar de que enfrentó críticas por la modificación de la barra de programas, horarios y contenidos, ayer la SEP alabó el desempeño de Sariñana, quien “permitió llevar a cabo la transformación y renovación de la audiencia, así como la producción de exitosos programas de diversos géneros”.
La dependencia comentó que la llegada de Lugo Sánchez, licenciado en ciencias de la comunicación y desde 2004 director de noticiarios de la televisora, fue a propuesta de la directora general del IPN, Yoloxóchitl Bustamante Díez.
Cabe recordar que durante su periodo al frente de Canal Once, Sariñana Márquez cambió el nombre y logotipo de la estación XEIPN Canal Once a Oncetv México, así como su programación.
En marzo de 2009 arreciaron las críticas contra el cineasta por académicos e intelectuales contra los cambios a la programación, pero sobre todo por el anuncio de la cancelación del programa Conversando con Cristina Pacheco, y el de horario de Aquí nos tocó vivir, también conducido por la comunicadora.
Sin embargo, el rechazo de la comunidad obligó a reconsiderar esas modificaciones, aunque la barra se cambió para transmitir series de entretenimiento como XY y Bienes raíces.
En julio de 2010 resurgieron los señalamientos de egresados politécnicos y especialistas en medios de información, luego de que Canal Once suscribió el acuerdo para integrar el Organismo Promotor de Medios Audiovisuales, en el que participan emisoras públicas de radio y televisión, como el Instituto Mexicano de la Radio, Radio Educación y el Canal 22, pues se consideró como una estrategia oficial con fines electorales, situación que fue desmentida por el entonces secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont.
Laura Poy Solano, La Jornada, 2 de abril.

miércoles, 9 de marzo de 2011

CANAL ONCE SECUESTRADO


Respetada Señora Directora del Instituto Politécnico Nacional:

Ante la nefanda, infame para nosotros los Politécnicos, comparencia de Fernando Sariñana del Once y de Pablo Fernández Flores de OPMA, ante la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara Baja, surgen las siguientes preguntas.
Sr. Fernando Sariñana.
¿Es correcta o no, la concatenación de dependencias?: "el canal once depende del Poli, éste de la SEP y ésta del gobierno federal". Eso lo que manda nuestra Ley Orgánica. El Poli es organismo desconcentrado.
Le pregunto, ¿Conoce Usted a la Ley Orgánica del IPN?

Sr. Pablo Fernández Flores. En julio del 2010 se firmó el malhadado convenio XEIPN Canal Once (sic, y no Oncetv México) y OPMA. El convenio dice que tendría vigencia un año, aún no se cumple el mismo. Usted afirma a los Legisladores que ya se renovó por tres años más. Ah, pero el convenio también establece que se renovaría, previos informes bimestrales satisfactorios para las dos partes y no hay informes. ¿Se viola así al propio convenio? ¿Subsistirá el OPMA tres años más? Lo que es verdad absoluta es que el IPN sí subsistirá mientras México sea México.

Atentamente

Dr. Rubén Mares Gallardo

Escuela Superior de Física y Matemáticas-IPN y
Politécnicos en Defensa de XEIPN Canal Once, de la Constitución y de PEMEX.


Critican diputados el rol propagandista de Canal 11
Enrique Méndez y Ciro Pérez
 Periódico La Jornada
Miércoles 9 de marzo de 2011, p. 25
Diputados de PRI, PRD y PT de la Comisión de Radio y Televisión afirmaron que, con la imposición del Organismo Promotor de Medios Audiovisuales (OPMA) –dependiente de la Secretaría de Gobernación–, Canal Once se convirtió en el ministerio de propaganda política del gobierno de Felipe Calderón.
En respuesta, durante su comparecencia ante la comisión, el director de Canal Once, Fernando Sariñana, exclamó: “¡No es un canal panista! Hemos invitado a [Andrés Manuel] López Obrador. Marcelo Ebrard fue hace dos días. ¿En qué parte de la pantalla está la propaganda? El canal no es independiente, depende delPoli, éste de Educación Pública y ésta del gobierno federal. Los canales de los estados sí son del gobierno y ahí sí se utilizan con fines electorales, sin ninguna duda”.
Durante casi dos horas y media, los legisladores cuestionaron que Calderón constituyera el OPMA con un decreto emitido el Miércoles Santo de 2010, y que Canal Once cediera a un control desde Gobernación, con tal de ganar audiencia. Vendió su alma, reprochó el diputado Jaime Cárdenas (PT).
El titular del organismo, el contador Pablo Fernández Flores, afirmó que desde la firma del convenio para ampliar la cobertura de la televisora del Instituto Politécnico Nacional (IPN), no se ha dado un solo caso de injerencia. Nervioso, titubeaba y, en un intento por defenderse reveló que recientemente se amplió el convenio tres años más.
El dato avivó las críticas de los diputados, en una reunión donde los panistas declinaron sus intervenciones y dejaron solos a los funcionarios. Sólo intervino Yolanda Valencia, quien pidió al perredista Mauricio Toledo compartir la información sobre el nepotismo de Sariñana, que éste desmintió.
Jaime Cárdenas sostuvo que, si no ha ocurrido una intervención en los contenidos de Canal Once, es porque aún no hay elecciones. Vamos a ver qué hace y qué presiones recibe en las elecciones del estado de México y en 2012.
Los legisladores resaltaron que la injerencia del gobierno de Calderón en el canal mediante el OPMA reside en que éste depende de Gobernación, cuando legalmente debía estar sectorizado a la SEP.
Sobre por qué el organismo no fue asignado a la SEP, Fernández Flores repuso: “Realmente, la propia Gobernación a mí no me ha dado ninguna explicación. Y se están siguiendo los objetivos del organismo. Perdón, del canal, esto… eh. No hay línea. Así como está en Gobernación, puede estar en la SEP”.
El perredista Toledo insistió: Si da igual, ¿qué miedo tienen de quitarle el tinte político? Si existe voluntad, bien podrían quitarle ese tufo electoral.
Ricardo Rebollo (PRI) sostuvo que sí hay ejemplos de la mano de Gobernación en los contenidos de Canal Once. Refirió que el martes 10 de agosto, a las 10:30 horas, se interrumpió el programaEscuela para padres para transmitir los diálogos por la seguridad de Felipe Calderón.
Lamentó haber suscrito, como alcalde de Gómez Palacio, Durango, la cesión de un predio para Canal Once, antes del convenio con el OPMA. Fuimos engañados, dijo.
Sariñana reconoció que sí se interrumpió la programación, pero para un ejercicio democrático en el que intervinieron diputados y gobernadores de los partidos, que criticaron la política de seguridad del Presidente, y no hubo interrupción ni intento de censura.
Andrés Massieu (PRI) sostuvo que la intervención del Canal Once con el OPMA tiene como objetivo constituiruna cadena de medios oficialistas de la Presidencia, con claras tendencias propagandistas para las elecciones de 2012, y en el cierre de la comparecencia el priísta Carlos Flores Rico, expresó: lo han reducido a un aparato propagandístico.

viernes, 5 de noviembre de 2010

MARCO NORMATIVO INHERENTE A CANAL ONCE

LEY ORGÁNICA

ARTÍCULO 10.- Son órganos de apoyo dependientes del instituto:

I.- La estación de Televisión XEIPN Canal Once del Distrito Federal.


ARTÍCULO 32.- El Director de la Estación de Televisión del Instituto Politécnico Nacional será designado por el Secretario de Educación Pública, a propuesta del Director General del Instituto Politécnico Nacional, la función sustancial de dicho canal, será la de difundir y defender la cultura nacional, la historia, la tradición, las costumbres y nuestra idiosincrasia, respecto del extranjero.


REGLAMENTO INTERNO

CAPÍTULO II
DE LA ESTACIÓN DE TELEVISIÓN
XEIPN CANAL ONCE

Artículo 218. La estación de televisión XEIPN Canal Once, en su carácter de órgano de apoyo, es una unidad administrativa que participa de la personalidad jurídica y patrimonio del Instituto y tiene como función la extensión y difusión de la educación y la cultura a través de la generación y transmisión de programas de televisión, en los términos y con los objetivos previstos en el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 219. Para el cumplimiento de su función, XEIPN Canal Once realizará, además de las previstas en el artículo 32 de la Ley Orgánica, las siguientes actividades:

I. Contribuir a desarrollar armónicamente las facultades del ser humano y fomentar en él el amor a la patria y la conciencia de solidaridad nacional e internacional;

II. Coadyuvar en el mejoramiento del nivel cultural de la población y fomentar el buen uso del idioma español;

III. Difundir los valores y manifestaciones de la cultura científica, tecnológica, humanística y social;

IV. Difundir información acerca de los acontecimientos nacionales e internacionales;

V. Divulgar los avances de la educación y la investigación científica y tecnológica que resulten de la actividad institucional;

VI. Producir y transmitir programas de televisión que sean de interés para la sociedad en general, previo cumplimiento de las disposiciones normativas aplicables;

VII. Incorporar los avances tecnológicos que desarrollen las escuelas, centros y unidades en materias relacionadas con las actividades del Canal;

VIII. Ofrecer al público el acceso individual a los programas que produzca o sobre los que tenga derechos, fijando los niveles de recuperación sobre ellos y, en general, comercializar los servicios que presta a la sociedad;

IX. Difundir los valores de identidad politécnica, en los términos previstos por este Reglamento, y

X. Las demás que se requieran para cumplir con las anteriores y las que se deriven de la Ley Orgánica, del presente Reglamento y de otros ordenamientos aplicables.


42

Artículo 220. El Instituto Politécnico Nacional, a través de XEIPN Canal Once, cumple con una función de carácter educativo y cultural. Su actividad no tiene fines de lucro, por lo que la recaudación de recursos que el Canal realice con motivo del cumplimiento de sus actividades, será siempre complementaria del financiamiento público.

Artículo 221. Sin detrimento de la libertad de expresión consagrada en los artículos 6º y 7º constitucionales, XEIPN Canal Once se abstendrá de difundir cualquier elemento o práctica que pueda dañar la salud, la convivencia social o que resulte contrario a los principios y valores nacionales.

Artículo 222. El director de la estación de televisión XEIPN Canal Once será designado en los términos del artículo 32 de la Ley Orgánica.

Artículo 223. El director de la estación de televisión XEIPN Canal Once tendrá las facultades y obligaciones que se encuentran establecidas en la Ley Orgánica y el presente Reglamento.
Será suplido en sus ausencias temporales por quien designe el director general del Instituto.

Artículo 224. El director de la estación de televisión XEIPN Canal Once contará con el apoyo de un comité asesor, en los términos previstos en el Título Noveno, Capítulo II, Sección Tercera de este Reglamento.

Artículo 225. El director de la estación de televisión XEIPN Canal Once será auxiliado por el personal que las necesidades del servicio requieran y sus funciones se precisarán en los manuales correspondientes.


A R re         Reglamento Orgánico


V. Órganos de Apoyo:
• Estación de Televisión XEIPN-TV Canal 11 del Distrito
Federal
• Centro Nacional de Cálculo (CENAC)


Artículo 77. Al titular de la estación de televisión XEIPN canal 11 del Distrito Federal le corresponde:

I. Proponer al director general del Instituto los proyectos de normas, políticas, programas, lineamientos, estrategias, objetivos, metas e instrumentos para la integración, desarrollo, operación, gestión y evaluación de la estación de televisión, conforme con los modelos educativo y de integración social;

II. Operar y controlar la estación de televisión, de acuerdo con su naturaleza y fines, en la producción y transmisión de los programas de televisión para la difusión educativa, científica, cultural, tecnológica, deportiva y de orientación social que el Instituto estime convenientes;

III. Transmitir programas e imágenes que contribuyan a fortalecer e impulsar la conciencia de la nacionalidad, fomentar la colaboración comunitaria, afirmar los valores de la sociedad y procurar un elevado sentido de la paz, armonía, convivencia humana y solidaridad nacional e internacional;

IV. Difundir la imagen del Instituto, los programas y las acciones de sus órganos técnicos, académicos, de apoyo, culturales, deportivos y administrativos, de acuerdo con las políticas y los lineamientos establecidos por el director general;

V. Producir todo tipo de programas que contribuyan en el fortalecimiento del nivel cultural de la comunidad politécnica y la población en general, que fomenten el uso correcto del idioma español, y otros que contribuyan en el cumplimiento de los fines del Instituto;

VI. Propiciar y acrecentar el interés del público televidente por la cultura, la ciencia y la tecnología mediante la realización de programas de información, análisis y recreación;

VII. Controlar que las transmisiones se mantengan dentro de los límites de la normatividad aplicable, no afecten los derechos de terceros ni provoquen la comisión de algún delito o perturben el orden y la paz públicos;

VIII. Propiciar y favorecer una programación que estimule el desarrollo armónico, la creatividad, la solidaridad humana, la convivencia social y el interés científico, cultural y artístico de los niños, jóvenes y adultos;

IX. Estudiar, adaptar y transmitir programas de la televisión mundial de interés para la comunidad politécnica y la sociedad en general e informar al público sobre los acontecimientos nacionales e internacionales;

X. Incluir en las transmisiones de la estación los avances tecnológicos que desarrollen las unidades académicas del Instituto y otras instituciones afines, de acuerdo con los objetivos de la estación;

XI. Difundir las manifestaciones de la cultura universal, los avances de la investigación científica y tecnológica y los valores de la identidad politécnica, en los términos de la normatividad y disposiciones aplicables;

XII. Establecer y mantener comunicación y convenios con organismos nacionales e internacionales para la transmisión de programas, de acuerdo con las normas y
políticas de cooperación cultural, académica y tecnológica del Instituto;

XIII. Ofrecer al público los programas que produzca o sobre los que tenga derechos, fijando los niveles de recuperación sobre ellos y, en general, comercializar los servicios que presta a la sociedad, sin que por ello pierda su carácter cultural y no lucrativo;

XIV. Proporcionar, en el ámbito de su competencia, la información solicitada por la unidad de enlace del Instituto, en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental;

XV. Producir todo tipo de programas que contribuyan en el cumplimiento de sus fines, y

XVI. Las demás atribuciones que sean necesarias para cumplir con las anteriores, las que le confieran las disposiciones aplicables y el director general del Instituto, en el ámbito de sus respectivas competencias.